Ley 11/2021 medidas prevención y lucha contra el fraude fiscal. Destacan las nuevas limitaciones en el pago al contado y los cambios temporales en el Impuesto de Matriculación.

Los aspectos mas destacados de esta nueva Ley son:

A partir del 11 de Julio, la restricción del pago en efectivo para determinadas operaciones económicas pasa de 2.500 a 1.000 euros, en el supuesto de operaciones en las que interviene un empresario o profesional. Esta limitación afecta, en consecuencia, al cobro de cualquier servicio que realice un taller o un vendedor. Regulado en el artículo 18 de la Ley.

También se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.

A efectos del cálculo de las cuantías señaladas se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.

Esta prohibición afecta a cualquier pago realizado por alguno de los siguientes medios:

  1. El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  2. Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  3. Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.

Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito.

Respecto de las operaciones que no puedan pagarse en efectivo, los intervinientes en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago, durante el plazo de cinco años desde la fecha del mismo, para acreditar que se efectuó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Serán sujetos infractores tanto las personas o entidades que paguen como las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo.

Tanto el pagador como el receptor responderán de forma solidaria de la infracción que se cometa y de la sanción que se imponga.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000€ ó 10.000€, o su contravalor en moneda extranjera.

La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción.

Si se paga voluntariamente y no se presentan alegaciones se reducirá la sanción al 50%, en el plazo que abarca desde la notificación de la propuesta y la notificación de la resolución sancionadora.

La sanción por realizar un pago en efectivo será compatible con las impuestas por la comisión de otras infracciones tributarias o por el incumplimiento de la obligación de declaración de medios de pago establecida en la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (10/2010).

Se exonera de responsabilidad a la parte que denuncie en primer lugar la operación dentro del plazo de 3 meses desde la fecha de pago. La presentación simultánea de denuncia por ambos intervinientes no exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos.

La limitación hasta final de año de la congelación del impuesto de matriculación.

  • La disposición adicional quinta fija que no pagarán este impuesto los coches que emitan hasta 144 gramos de CO2 por kilómetro.
  • Lo harán al 4,75% si la cifra está por encima de esa cifra y por debajo de 192 gramos.
  • Entre192  y 239 gramos se abonará el 9,75%
  • Con 240 o más, toca tributar al tipo máximo del 14,75%.
  • Del nuevo esquema de tributación quedan exentos los ‘quads’ y las motos náuticas.
  • Las motos convencionales tampoco se ven afectadas, ya que no se rigen por el protocolo WLTP.

La nueva normativa también ha bajado el umbral de deuda con Hacienda para aparecer en la lista de morosos desde el millón a los 600.000 euros.

Asimismo, se refuerza el control sobre las criptomonedas, de forma que los contribuyentes tendrán que informar de los saldos y titulares de las cuentas tanto en territorio nacional como en el exterior, además de las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos.

Aumenta la vigilancia sobre las sociedades de inversión de capital variable (SICAV) y se eliminarán las ventajas fiscales para los pactos sucesorios.