Plan de ayudas para la renovación de tractores y maquinaria agrícola (Plan PIMA Tierra 2017)

Asunto: PLAN RENOVE DE MAQUINARIA AGRÍCOLA 2017 (Plan PIMA Tierra 2017)

Asunto: PLAN RENOVE DE MAQUINARIA AGRÍCOLA 2017 (Plan PIMA Tierra 2017)

Estimado Asociado;

En el BOE del 9 de Julio se publicó el Real Decreto 704/2017, de 7 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria (BOE nº 162, de 8 de Julio).

El nuevo plan de ayudas para la renovación de TRACTORES y MAQUINARIA AGRÍCOLA está dotado con 5 millones de euros.

Los puntos más destacados del  nuevo Plan PIMA TIERRA son los siguientes:

®     Las ayudas podrán solicitarse desde la fecha de publicación de la Orden de convocatoria y hasta el 15 de septiembre de cada año en que se convoquen

®     La maquina o tractor adquirido deberá ser NUEVO y no podrá enajenarse en 5 años.

®     Podrá adquirirse uno por beneficiario.

®     Se requiere achatarrar otro del mismo tipo registrado a nombre del solicitante al menos desde el 1 de enero de 2016 e inscrito en el ROMA hace más de 10 años si son máquinas automotrices y hace 15 años en tractores.

®     Ha de tener la ITV en vigor o haber pasado una inspección cuyo único defecto sea estructura de protección no homologada en tractores (salvo algunas excepciones previstas en la norma).

®     Ha de entregarse en un centro autorizado de tratamiento y solicitar la baja definitiva en el ROMA con una anotación de que su titular se ha acogido al Plan, junto con la baja definitiva en el Registro de Vehículos de Tráfico.

La cuantía mínima de las ayudas es 1.000 euros:

#       Tractores agrícolas.

La cuantía base es de 95 € por kW de la potencia del tractor que se achatarra, con el máximo de 7.000 €.

Se incrementará por:

§  Clasificación de eficiencia energética del nuevo tractor: (A) 3.000 €, (B) 2.000 € y (C) 1.000 €;

§  Fase IV de emisiones: 1.000 €;

§  Y deficiencias de seguridad del achatarrado: 1.000 €.

La ayuda máxima son 12.000 € o el 30% del coste de adquisición sin IVA/IGIC.

#       Máquinas automotrices agrícolas.

La cuantía base es de 95 € por Kw. de la potencia de la máquina que se achatarra, con el máximo de 24.000 €.

Se incrementará por ser Fase IV de emisiones: 1.000 €.

La ayuda máxima son 25.000 € o el 30% del coste de adquisición sin IVA/ IGIC.

#       Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

La cuantía base es el 30% del coste de adquisición sin IVA/IGIC, con el máximo de 4.500 € en abonadoras y 6.000 € en equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

#       Sembradoras directas y cisternas para purines equipados con dispositivo de localización.

La cuantía base es el 30% del coste de adquisición sin IVA/IGIC, con el máximo de 20.000 €.

Te adjuntamos el texto completo del Real Decreto.

Esperando que esta información sea de tu interés, recibe un cordial saludo.

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