Nuevo proceso de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral

ORDEN de 4 de junio de 2021 por la que se regula, en el ámbito del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Galicia, el proceso de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral para unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales (código de procedimiento ED517B) (DOG nº 112,  del 15 de junio de 2021).

Esta Orden, de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD, regula, en el ámbito del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Galicia, el proceso de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral para unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales.

Se trata de un proceso a través del cual las personas con años experiencia laboral o determinada formación no reglada, pueden obtener oficialmente la acreditación de su cualificación profesional abriendo así el acceso a la obtención de Certificados de Profesionalidad y/o titulaciones de FP, lo que en nuestro sector es importante pues capacita para ejercer como Responsable Técnico.

A diferencia de años anteriores, el procedimiento de solicitud permanece abierto con carácter permanente y todo el proceso tendrá lugar en centros educativos con oferta de formación profesional.

En la solicitud se podrá elegir una o varias unidades de competencia y se deberá seleccionar un centro para la presentación.

La SECRETARIA GENERAL DE EDUCACION Y FORMACION ROFESIONAL dará publicidad de los centros que en cada momento estén participando en el procedimiento.

El resto de criterios no varían prácticamente en lo que regía hasta ahora, del que señalamos los aspectos más importantes:

REQUISITOS DE ACCESO:

  • Poseer la nacionalidad española, encontrarse incluido como residente comunitario o familiar de este, o ser titular de una autorización de residencia en España en vigor.
  • Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, para unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1 y 20 años para las unidades de competencia de nivel 2 y 3.
  • Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieran acreditar:
  • En el caso de la experiencia laboral, justificar por lo menos:3 años de experiencia con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud para unidades de competencia de nivel 2 y 3.Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán como mínimo 2 años de experiencia laboral, con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
  • En el caso de la formación, se justificarán por lo menos 200 horas para unidades de competencia de nivel 1 y 300 horas para las unidades de competencia de los niveles 2 y 3.En los últimos diez años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. En los casos en que los módulos formativos asociados a las unidades de competencia que se pretendan acreditar tuviesen una duración inferior, se deberán acreditar como mínimo las horas establecidas en esos módulos formativos.
  • Las personas candidatas no podrán estar matriculadas en un ciclo de formación profesional (ni en régimen común ni en el régimen para las personas adultas) o realizando formación profesional para el empleo, conducente a la acreditación de las unidades de competencia en las cuales solicita su inscripción.Tampoco podrán poseer o estar en condiciones de obtener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad que contenga la/s unidad/es de competencia que solicita, ni sus equivalentes o la acreditación parcial de las unidades de competencia que solicita.Además, no podrán estar inscritas en otro procedimiento de reconocimiento de la experiencia profesional, o en las pruebas libres para la obtención del título de formación profesional, llevado a cabo por cualquier Administración u organismo público, conducente a la acreditación de las mismas unidades de competencia que solicita.
  • Las personas mayores de 25 años que cumplan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el apartado anterior y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, siempre y cuando presenten la justificación, mediante alguna prueba admitida en derecho, de su experiencia laboral o de los aprendizajes no formales de formación.

El centro encargado de tramitar la solicitud consultará a la SUBDIRECCION GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, que emitirá un informe sobre la procedencia o no de la participación de la persona candidata en el procedimiento. Si el informe es positivo, se procederá a su inscripción definitiva como solicitante en el centro correspondiente.

Nuestros Asociados tienen mas información en la parte privada de nuestra página web, en la sección de circulares.